GespreObra le ofrece el servicio de coordinación de Seguridad y Salud que da cumplimiento al Real Decreto 1627/97 sobre seguridad y salud en las obras de construcción, por el cual se establece que el promotor debe designar al coordinador de seguridad y salud:
- Coordinador de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto
- Coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra
Los años de experiencia en obra civil y edificación, así como la categoría Expert otorgada por la Agencia de Certificación Profesional avala el servicio de coordinación de seguridad y salud experto y cualificado que ofrecen los técnicos de GespreObra. Dicha cualificacióny la formación específica en Prevención de Riesgos Laborales según los requisitos del Real Decreto 39/97 capacita a los miembros del equipo de GespreObra para la toma de decisiones técnicas que permitan que su obra cumpla con los plazos de ejecución sin menoscabo de la salud de las personas y cumpliendo con todos los requisitos legales en materia de prevención de riesgos laborales. GespreObra, en su afán de implantar una cultura preventiva en obra tiene como principal objetivo durante la coordinación de seguridad y salud en fase de ejecución conseguir el «CERO ACCIDENTES» deseado por cualquier promotor.
La metodología de trabajo de GespreObra, con una amplia presencia en obra, permite ofrecer un servicio que contempla:
- Asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales
- Elaboración de informes fotográficos mensuales
- Elaboración semanal de auditorías documentales de obra
- Gestión de la documentación de contratistas y subcontratistas
- Coordinación de la concurrencia de empresas
Un servicio de coordinación de seguridad y salud que consigue integrar la cultura preventiva, el cumplimiento legal, bien se trate de obras de nueva construcción u obras de rehabilitación, las cuales no interferirán en el desarrollo de la actividad habitual.
- REHABILITACIÓN
- OBRA CIVIL
- HOTELERAS
- Gran Terciario
- AEROPORTUARIAS
- DEMOLICION
- EDIFICACION RESIDENCIAL
- EDIFICACION NO RESIDENCIAL
TOMA DE DECISIONES TÉCNICAS
Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente.
DURACIÓN
A estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo.
COORDINACION ACTIVIDADES
Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas o actividades a que se refiere el artículo 10 de este Real Decreto.
PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD
Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. Conforme a lo dispuesto en el último párrafo del apartado 2 del artículo 7 del Real Decreto 1627/1997, la dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador.
PROMOVER PRL
Promover, Organizar y Asistir mensualmente a la Reunión de coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y desarrollado por el RD 171/2004 sobre Coordinación de Actividades empresariales.
MÉTODOS DE TRABAJO
Coordinar las acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo.
MEDIDAS DE ACCESO
Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra.
ELABORACIÓN DE INFORMES
Elaboración de informes una vez a la semana, realización de estadísticas, asesoramiento a la dirección y a la jefatura de obra.
VISITA A LA OBRA
Visita a la obra una vez por semana y las que se estimen oportunas según el ritmo de la obra.
VALOR AÑADIDO
GESPREOBRA ofrece como valor añadido, el asesoramiento en materia de prevención de riesgos laborales en lo concerniente al centro de trabajo que surta del inicio de las obras que le sean contratadas, así como la asistencia y acompañamiento ante cualquier requerimiento de la autoridad laboral, en caso de estimarlo necesario la promotora.